Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI)
Señales fotoluminiscentes normativa
El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) aprobado por Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo (BOE 12 de junio) está en vigor desde el 12 de diciembre de 2017 y trae importantes novedades en relación al anterior Real Decreto 1942/97, ya derogado.
Establece las condiciones y los requisitos exigibles relativos al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.
Recoge a los sistemas de señalización fotoluminiscente, como nuevos sistemas de protección contra incendios (PCI), no contemplados en el RIPCI anterior.
Los sistemas de señalización luminiscente tienen como función informar sobre la situación de los equipos e instalaciones de protección contra incendios de utilización manual, aún en caso de fallo en el suministro del alumbrado normal.
Para una correcta implantación de un Sistema de señalización luminiscente se debe tener en cuenta:
Los planos de situación («Usted está aquí») deben ser conformes a la norma UNE 23032.
La señalización de los medios de protección contra incendios de utilización manual y de los sistemas de alerta y alarma, deben cumplir la norma UNE 23033-1.
Para la señalización de los medios de evacuación se utilizarán las señales de evacuación definidas en la norma UNE 23034 según Documento Básico SI en caso de Incendio SI 3. Evacuación de ocupantes del código técnico de edificación (CTE)
Los sistemas de señalización fotoluminiscente deben ser conformes a la UNE 23035-4, en cuanto a características, composición, propiedades, categorías (A o B),
Los sistemas de señalización fotoluminiscente son de la categoría A conformes a la UNE 23035-4 en los centros donde se desarrollen las actividades descritas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección, aprobado por Real Decreto 393/2007 de 23 de marzo
ELEMENTOS IDENTIFICACIÓN EN LAS SEÑALES
Los productos fotoluminiscentes a utilizar en señalizaciones serán identificados de forma duradera y visible con los siguientes datos según los requisitos de la norma UNE 23035:
Según norma UNE23035-1 ejemplo de fórmula 240/32-3300- W-K/UNE 23035
Luminancia a los 10 minutos
Luminancia a los 60 minutos
Tiempo de atenuación
Determinación del color durante la estimulación
Determinación del color durante la atenuación
Norma aplicable
Según norma UNE23035-4:
Referencia de trazabilidad
Mes y año de fabricación
Categoría de productos fotoluminiscentes en función del nivel de la intensidad luminosa
Categoría A o categoría B
Vida útil según RIPCI RD 513 2017
Mes y año de caducidad
Distancia de observación
Empresa certificadora
CONTROL DE CALIDAD
Para ofrecer la máxima garantía de calidad a nuestros clientes, realizamos una serie de controles durante el proceso de elaboración de los productos fotoluminiscentes
Medición de la luminancia en nuestros laboratorios, en cada proceso.
A la recepción de materias primas
Durante el proceso de impresión
Verificación final de producto
Medición y ensayos periódicos en laboratorios externos:
Luminiscencia
Cámara salina
Radioactividad
Autoextinguibilidad
Determinación P y Pb en un pigmento
Determinación del color durante la estimulación y atenuación
Determinación de las coordenadas cromáticas x,y y factor de luminancia
Mediciones durante las Auditorias de Certificación y Seguimiento, con periodicidad anual, por medio de la empresa certificadora
VIDA ÚTIL DE LAS SEÑALES FOTOLUMINISCENTES
SYSSA determina una vida útil para señales fotoluminiscentes que fabrica de 11 años, en con condiciones adecuadas de instalación y mantenimiento y dependiendo de las condiciones ambientales.
La vida útil de la señal fotoluminiscente se cuenta a partir de la fecha de fabricación y se puede alargar realizando las mediciones de luminancia, cada 5 años y siempre que los resultados obtenidos aporte valores no inferiores al 80 % de los que dicte la norma UNE 23035-4.